viernes, 18 de marzo de 2011

Salen reformas para castigar feminicidios en Edomex

MILENIO

En lo que respecta a los delitos cometidos con violencia de género que admitan el perdón será condición que el sujeto violento reciba la rehabilitación en una institución de salud pública de la entidad.

Toluca. Los diputados del Estado de México aprobaron tipificar el delito de feminicidio y sancionarlo con penas de 40 a 70 años de prisión y con 700 a 5 mil días de multa cuando se cometa por violencia de género, al igual que contra una persona con quien el agresor haya sido esposo, concubino, novio, amigo o compañero de trabajo o escolar de la víctima.

Para el acoso sexual se impondrán de seis meses a dos años de prisión o de treinta a 120 días multa.

El dictamen fue conformado por seis iniciativas en materia de violencia de género propuestas por los grupos parlamentarios del PRI, PAN, PRD y Nueva Alianza, así como del Ejecutivo estatal.

Es así que a partir de ahora el homicidio doloso será considerado feminicidio, cuando se excluya, subordine, discrimen o explote a la víctima; se cometa contra una mujer con la que se haya tenido una relación sentimental afectiva y de
confianza; cuando el ofensor haya cometido conductas sexuales, crueles o degradantes o mutile y cuando existan con antelación actos que constituyan violencia familiar del agresor a la ofendida, lo cual se sancionará con penas de 40 a 70 años de prisión.

Asimismo se precisa que será obligación del Ministerio Público garantizar la plena reparación del daño; la indemnización del daño material o moral; y en los casos de violencia de género asegurarse de que se cubra la afectación provocada al entorno laboral, educativo y psicológico, así como imponer las medidas de protección establecidas en la ley para dar seguridad a la victima u ofendido.

Es importante mencionar que la imposición de las medidas cautelares y providencias precautorias serán competencia del Ministerio Público durante la investigación y posteriormente del juez de control. Mientras que para el acoso sexual se impondrán de seis meses a dos años de prisión o de treinta a 120 días multa.

En lo que respecta a los delitos cometidos con violencia de género que admitan el perdón será condición que el sujeto violento reciba la rehabilitación en una institución de salud pública de la entidad.

Es así que con las reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México se obliga a los gobiernos estatal y municipal a crear Comités para la Atención y Prevención del Hostigamiento y el Acoso Sexual en las instituciones públicas, así como la Visitaduría contra la Violencia de Género y el Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

ACOSOAsimismo, con el objetivo de instrumentar acciones adicionales para defender la dignidad de las personas y recuperar la “seguridad pérdida” de los usuarios del transporte público, así como integrar estudios especializados que permitan identificar objetiva y cuantitativamente si el marco normativo actual es o no suficiente para atender el acoso sexual en el transporte público, se avaló un punto de acuerdo presentado por el diputado Víctor Manuel Bautista López del PRD.

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