martes, 12 de julio de 2011

Instituciones de seguridad social deben registrar a parejas gays: Conapred

CNNMEXICO



El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) cometieron actos de discriminación al negarse a registrar a los cónyuges de derechohabientes casados con personas del mismo sexo, resolvió este lunes el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).

La Resolución por Disposición al IMSS e ISSSTE por Discrmininación a Matrimonios entre Personas del Mismo Sexo, que le fue enviada la semana pasada a las dos dependencias, establece que "ambas instituciones deben garantizar el ejercicio pleno y en igualdad de trato y de oportunidades a quienes son derechohabientes, y a sus cónyuges o concubinas, sin ningún tipo de discriminación motivada por sus preferencias sexuales".

Las dos instituciones públicas de seguridad social más importantes de México tienen hasta este martes para enviar sus respuestas a dicha resolución. Si bien las resoluciones del Conapred no tienen carácter vinculatorio (no es obligatoria su aplicación), de aceptar las conclusiones emitidas por la dependencia que recibió quejas de seis parejas homosexuales, tanto el IMSS como el ISSSTE se verán obligados a registrar a los cónyuges de los derechohabientes, independientemente de sus preferencias sexuales.

"En el caso de la aceptación, el proceso que van a seguir es aquel que se de para poder cumplir los puntos de la resolución que está pidiendo el Conapred que es básicamente que se pueda dar el registro a las personas a la hora de un proceso, que ya lo han solicitado formalmente y que son los peticionarios que dan origen a la resolución", dijo Ricardo Bucio, presidente del Conapred en entrevista con CNNMéxico.

"También que ambas instituciones puedan modificar tanto lineamientos como procedimientos internos a fin de que cualquier persona en las mismas circunstancias pueda obtener el registro. Eso incluye la capacitación de los propios funcionarios responsables de ambas dependencias", agregó.

Actualmente, cualquier matrimonio del mismo sexo que desee registrar a su cónyuge ante el IMSS o el ISSSTE, debe promover un amparo. La legislación no prohibe expresamente el registro de una pareja en caso de ser del mismo sexo, pero las dependencias se han negado a otorgarlo de manera directa.

Bucio explicó que tras la apobación de la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos, en la que prohíbe la discriminación por preferencia sexual, se esperaría que las dependencias no tengan que recibir una orden de un juez para registrar a los derechohabientes casados con una persona del mismo sexo.

“Para el Consejo es una manera de poder hacer efectiva ahora la perspectiva que tiene la reforma constitucional en Derechos Humanos en razón de que esta reforma lo que hace es definir que el espíritu central y el eje central de la Constitución es el respeto de los derechos de los ciudadanos y lo que le toca a las instituciones y a la legislación secundaria es poder garantizar los derecho que están reconocidos en la Constitución y poder hacerlas también exigibles y justiciables", explicó.

El 10 de junio del 2011 entró en vigor la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos, lo que significa que en México los derechos humanos se elevaron a rango constitucional junto con cualquier tratado internacional firmado por el gobierno mexicano en esta materia.

México es signatario de los Principios de Yogyakarta presentados en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en el 2007, que establecen que todas las personas tienen derecho a la seguridad social y a otras medidas de protección social, sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género.

"Además, el pasado 17 de junio, México firmó la resolución del mismo Consejo de las Naciones Unidas en la que se declaró como prioridad que se establezca 'tolerancia cero' a la discriminación por homofobia en los países parte de todas las regiones del mundo", según el comunicado difundido este lunes por la Conapred con motivo de su resolución.

Hasta la publicación de esta nota, únicamente tres parejas del mismo sexo en México habían ontenido amparos para poder reigstrar a sus cónyuges antes el IMSS o el ISSSTE.

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