miércoles, 13 de julio de 2011

SCJN: los militares podrán ser juzgados por tribunales civiles

EL HERALDO DE CHIHUAHUA



Ciudad de México.- "El fuero militar no opera para procesar a militares responsables de violaciones a "derechos humanos", por lo que podrán ser juzgados por tribunales civiles", determinó ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Este hecho considerado como histórico, fue aprobado por unanimidad de votos.

Sin embargo, con salvedades de los ministros Salvador Aguirre, Jorge Mario Pardo y Luis María Aguilar, el pleno determinó que los jueces del Estado mexicano deben replicar en casos futuros el criterio de restricción del fuero militar en cumplimiento de la sentencia del caso Radilla y en aplicación del Artículo Primero Constitucional.

Es decir, que "frente a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar".

Para ello, la corte reasumirá la competencia originaria para resolver los casos en los que se presente un conflicto competencial entre tribunales castrenses y federales o del fuero común.

El fallo se dio durante el análisis de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso de la desaparición forzada de Rosendo Radilla, ocurrida en 1974 en Guerrero, y de la cual se responsabilizó al Ejército mexicano.

Con esta determinación, los ministros reconocieron que la sentencia establece obligaciones para todos los jueces mexicanos, en el estudio de casos futuros que involucren fuero militar y violaciones de derechos humanos.

Antes de la votación, el ministro Arturo Zaldívar pidió a sus compañeros no seguir difiriendo la discusión de este tema y aplicar el criterio sobre control de convencionalidad, votado por la mañana, fijando líneas claras y precisas que orienten las resoluciones de los demás tribunales del país.

Sostuvo que dentro de las obligaciones impuestas por la sentencia al Poder Judicial de la Federación, se encuentra la de reinterpretar el artículo 57 del Código de Justicia Militar, con independencia de que todos los jueces del país están obligados a hacerlo, por el control de convencionalidad que deberán realizar y que se aprobó también este martes.

Y es que, prever este criterio dará certeza, claridad, líneas, de cómo deben interpretar los tribunales a partir de ahora, de lo contrario me parece que dejamos una situación un tanto cuanto inconsistente con lo que hemos venido votando.

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