jueves, 8 de marzo de 2012

Hoy aprueba Congreso tipificar el feminicidio



EL HERALDO

En el marco de la celebración del "Día Internacional de la Mujer", el pleno del Congreso de Tabasco, aprobará reformas al Código Penal local, para tipificar el delito de feminicidio.

La presidenta del Congreso, Marcela González García, señaló que en la sesión de hoy por la tarde, se presentará al pleno el dictamen, luego que ayer en por unanimidad de votos, la Comisión de Seguridad Pública, Protección Civil y Procuración de Justicia, aprobó tipificar el feminicidio.

El documento ordena imponer de 30 a 50 años de prisión y de 500 a mil días de multa a quienes cometan este delito; además, el sujeto perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

"Estaríamos atendiendo a un requerimiento social, al requerimiento de los mandatos internacionales, de los convenios que este país tiene firmados y que también nos obligan a modificar nuestras leyes", asentó.

De acuerdo a la Red Municipalista, más de 150 mujeres han sido asesinadas en Tabasco en el periodo de 2005 a 2011 y que cerca del 50 por ciento son Feminicidios.

El dictamen considera al feminicidio como el homicidio de una mujer, cuando ocurre de las siguientes maneras: que exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación de parentesco y otra relación de hecho, amistad o laboral, que implique confianza, subordinación o superioridad.

La adición del artículo 115 Bis al Capítulo I denominado Homicidio, del Libro Segundo, Sección Primera Título Primero y la reforma al último párrafo de la

fracción VI del artículo 123, resalta que también considera como delito, cuando el sujeto abuse de su cargo público para cometer el delito; que la víctima presente signos de violencia sexual o se le hayan infligido lesiones previas o posteriores a la privación de la vida.

También se tipifica que cuando en el ámbito familiar existan antecedentes de cualquier tipo de violencia sexual, física, psicológica, patrimonial o económica; se hayan cometido amenazas, asedio o lesiones en contra de la víctima, o que haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento y que el cuerpo de la misma sea expuesto en forma degradante e lugar abierto.

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