sábado, 4 de julio de 2009

Restituye TEPJF candidatos panistas en Colima

EFE
CIUDAD DE MÉXICO, México, jul. 3, 2009.- La Sala Superior del TEPJF restituyó candidaturas a tres aspirantes a presidentes municipales del PAN deColima y uno a regidor, al dejar sin efecto un fallo de su homóloga regional con sede en Toluca pues consideró que sí cumplían con losrequisitos para aspirar a dichos cargos de representación popular.
El 30 de junio pasado la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) con sede en Tolucaconsideró que los diputados locales debían haberse separado de su cargo un día antes del registro de sus candidaturas, toda vez queviolentaban el principio constitucional de equidad.
Se trata de Gabriela de la Paz Sevilla Blanco, Brenda del Carmen Gutiérrez Vega y Enrique Michel Ruiz, candidatos a presidentesmunicipales por la Coalición "PAN-ADC, Ganará Colima" en Manzanillo, Villa de Alvarez y Colima, respectivamente.
Además de Francisco Ovalle Rojas, candidato a regidor en Tecomán, Colima.
La Sala Regional de Toluca interpretó que el Artículo 90 de la Constitución Política de Colima exige a los diputados localessepararse de su cargo un día antes del registro de su candidatura.
El artículo establece que "el cargo de miembro de un Ayuntamiento no puede recaer en las categorías de servidores públicosde la Federación, estado y municipios, así como de organismos descentralizados y empresas de participación estatal o municipal, amenos que se separen del cargo".
En tres proyectos de resolución presentados por los magistrados María del Carmen Alanis, Constancio Carrasco Daza y Manuel GonzálezOropeza se estimó que con las resoluciones de la dicha sala se inaplicó inadecuadamente el Artículo 27 de la Ley del Municipio Libreestatal.
Ello pese a que en ninguna parte incluye a los diputados locales ni a presidentes de juntas distritales.
Mientras en el proyecto presentado por el magistrado Flavio Galván Rivera se propuso sobreseer el juicio al considerar que no seinaplicaba el anterior precepto, por lo que el juicio quedaba sin materia.
La magistrada presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanis Figueroa, dijo que "no procedía la revocación de los registros de lascandidaturas en los cuatro asuntos, por lo que los efectos de la resolución sería revocar la sentencias de la Sala Regional concabecera en Toluca.
"Y (en tal caso) dejar vivas o prevalece la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Colima y los registros originalesdel Instituto Electoral del Estado de Colima, que reclaman los actores en estos recursos de reconsideración".

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