martes, 27 de septiembre de 2011

Reformas contra el aborto "violentan" derechos de la mujer: legisladores

CNNMEXICO


CIUDAD DE MÉXICO— La protección de la vida desde la concepción, que las reformas a las constituciones estatales de Baja California y San Luis Potosí aprobaron en 2009, no solamente abre las puertas a la penalización del aborto, sino también a la eliminación de los derechos de las mujeres a hacer uso de métodos anticonceptivos y a impedir las fecundaciones asistidas, advirtieron legisladores de ambos estados que promovieron las acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Entrevistados por separado, Francisco Javier Sánchez Corona, diputado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) de Baja California y Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), coincidieron en que darle derechos a un ser humano desde que es un embrión colocaría al uso de anticonceptivos, de pastillas del día siguiente y las fecundaciones in vitro en la que se desechan algunos óvulos como posibles homicidios.

En este sentido, detallaron que las acciones de inconstitucionalidad promovidas desde hace dos años, no buscan la despenalización del aborto como se ha manejado por algunos grupos conservadores.

“No estamos hablando de despenalización del aborto en Baja California, estamos hablando de por lo menos con esta acción de inconstitucionalidad regresar los derechos que tenía la mujer en Baja California, porque las afectaciones van más allá de la penalización del aborto”, dijo Sánchez Corona, quien promovió la acción de inconstitucionalidad en 2009 en su carácter de Procurador de Derechos Humanos y Protección Ciudadana.

En el caso de Baja California, la reforma al artículo 7 de la constitución estatal incluso cerró las puertas a que se pudieran realizar abortos por motivos de salud de la madre o del feto, así como por embarazos ocurridos como consecuencia de una violación.

“La iniciativa que se dictaminó violenta los derechos de las mujeres de manera atroz, penaliza totalmente el aborto, cosa que desde hace 150 años existían causas permisibles en los códigos penales, le da el carácter de persona, carácter absoluto al concebido, no nacido”, agregó.

Juan Manuel Molina García, exdiputado local bajacaliforniano por el conservador Partido Acción Nacional (PAN) —que formó parte de los legisladores que promovieron la reforma al artículo 7—, negó que los cambios constitucionales hayan buscado la penalización de la interrupción del embarazo.

En entrevista con CNNMéxico tras la sesión del pleno de la SCJN, dijo que la introducción de un párrafo que definiera que la vida se debe proteger desde la concepción se hizo de manera enunciativa, mas aseguró que no hay reglamentos que permitan encarcelar a las mujeres que practiquen el aborto.

“Si la legislación mexicana protege a la caguama como especie marina, no solamente protege a la caguama, también protege al huevo de caguama, es delito federal sin fianza la persona que consume huevo de caguama, lo vende, lo negocia, etc. Yo pregunto, ¿tenemos que esperar hasta que la especie humana esté en peligro de extinción para protegerla desde el momento de la concepción?”, dijo.

En el caso de San Luis Potosí, la reforma constitucional únicamente introdujo un párrafo que define que la vida debe ser protegida desde la concepción, pero no se derogó el derecho a abortar para las mujeres que hayan resultado embarazadas por violación o que se vean obligadas a interrumpir su embarazo por enfermedad de la madre o el feto.

“El gobierno reconoce el uso de la píldora del día siguiente. Entonces hay ese tipo de contradicciones. Por un lado, en San Luis Potosí sí se puede suministrar la píldora del día siguiente pero por otro lado, la constitución local protege la vida desde la concepción”, señaló Benavente Rodríguez.

Los ministros de la SCJN iniciaron este lunes el debate para delimitar si un estado tiene el derecho a definir desde qué momento una persona comienza a ser considerado como sujeto de derecho. De inicio comenzaron únicamente con el análisis de la acción de inconstitucionalidad promovida por la Procuraduría de Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California.

Si bien no todos los ministros alcanzaron a manifestar su punto de vista respecto a este tema, Luis Aguilar Morales señaló que sólo la Constitución nacional puede definir en qué momento inicia la vida de un ser humano.

El tema del aborto y hasta dónde un estado está facultado para sancionar o permitir la interrupción del embarazo ha estado a debate por parte de los ministros de la SCJN desde que en 2007 la capital mexicana despenalizara el aborto.

Dicha reforma fue impugnada por la Procuraduría General de la República (PGR) pero la SCJN avaló la nueva legislación capitalina en 2008. Dicha decisión motivó que 17 estados de la república penalizaran la interrupción del embarazo.

En 2008, los ministros de la SCJN no pudieron ponerse de acuerdo sobre en qué momento inicia la protección del derecho a la vida.

En estados como Guanajuato, la penalización del aborto llevó al encarcelamiento de siete mujeres por abortos involuntarios. Las mujeres fueron liberadas tras una reforma que promulgó el gobernador del estado que disminuía la pena por aborto.

Por otro lado, en 2010, el estado occidental de Jalisco impugnó ante la SCJN la Norma Oficial Mexicana 064, que señala que las víctimas de violación deberán de recibir píldoras anticonceptivas de emergencia.

Los ministros de la SCJN rechazaron la controversia promovida por el gobierno de Jalisco y avalaron la distribución de pastillas anticonceptivas del día siguiente a las víctimas de violaciones.

El debate iniciado este lunes continuará este martes con la intervención de los ministros que no pudieron fijar su postura por cuestiones de tiempo.

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