EL HERALDO
Ciudad de México.- Con dos tomas de tribuna como detonante, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 199 votos a favor, 58 en contra y tres abstenciones, la reforma al artículo 24 constitucional en materia de libertad de religión, a fin de permitir actos de culto religioso individual o colectivamente, tanto en público como en privado.
El párrafo modificado dice: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta, penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política".
El párrafo tercero refiere que "los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos, los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la Ley Reglamentaria".
Al fundamentar el dictamen el diputado panista Carlos Alberto Pérez Cuevas comentó que con estas reformas se establece constitucionalmente que los actos de culto religioso pueden practicarse de manera colectiva en público, sin permiso de las autoridades correspondientes y elimina la prohibición de que sólo se realicen en los templos.
Pérez Cuevas destacó que debe reconocerse expresamente en la Constitución la libertad religiosa como un derecho de todas las personas, creyentes o no, pues implica la libertad de tener o no tener religión, así como la de dejar de tenerla o cambiarla.
Por ello, explicó que esta disposición trastoca la jerarquía normativa de los tratados internacionales, para reconocer expresamente la libertad religiosa en los mismos términos que la protegen los tratados de derechos humanos vigentes en México.
Ante la oposición de los diputados de izquierda, el diputado panista planteó en la tribuna diversas modificaciones para detallar aún más esta reforma, por lo que propuso cambiar del dictamen original la expresión -libertad religiosa- por -libertad de religión-, y suprimir de la argumentación los párrafos relativos a los centros de formación religiosa y el derecho a la educación religiosa.
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