Guadalajara.- Tuvieron que pasar dos años y ocho meses desde la publicación de la Ley General para el Control del Tabaco y veinte meses desde que se publicó su reglamento, para que finalmente se concediera al estado de Jalisco la facultad para sancionar a los establecimientos que incumplan con esta legislación —de observancia nacional— y permitan fumar en espacios públicos cerrados, sin las instalaciones restringidas y adecuadas.
En conferencia de prensa, la Secretaría de Salud Jalisco (SSJ) anunció ayer que el próximo lunes comenzará las visitas de verificación a restaurantes, bares, discotecas, centros nocturnos, hoteles y otros establecimientos similares, los cuales ahora podrán ser sujetos a sanciones directas, sin esperar que arriben autoridades federales, como sucedió en los tres operativos realizados en la entidad desde que se implementó la ley.
“A partir del 31 de enero, de acuerdo a una disposición que se tomó en el Consejo Nacional de Salud, se acordó que todos los estados apliquen la Ley General para el Control del Tabaco y su reglamento”, informó el director de Regulación Sanitaria de la SSJ, Juan Carlos Olivares Gálvez. Lo anterior se logró tras concretar el Acuerdo de Coordinación por la Vigilancia Sanitaria de la ley y de su reglamento entre la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Secretaría de Salud federal (SSa).
El funcionario precisó que Jalisco firmó el convenio en agosto de 2010, y que fue hasta el 17 de enero pasado cuando fue recibido con la firma de la Cofepris, y junto con el mandato del Consejo, la Dirección de Regulación Sanitaria tendrá ahora la tarea de verificar alrededor de nueve mil giros que existen en el padrón de la SSJ en el estado: 6,987 restaurantes, 1,192 hoteles y 616 antros y bares, donde habitualmente se consume tabaco.
Juan Carlos Olivares dijo sin embargo que la gran mayoría de estos giros serán libres de humo de tabaco. La razón no es tanto la salud pública: “No tienen las características de espacio, ya no digamos de equipamiento, son muy pocos los establecimientos que pudieran tener la implementación de las áreas de fumar”, pues las instalaciones y los aparatos requieren supervisión constantemente. “Creemos que más del 90 por ciento no tienen la posibilidad de implementarlos”.
Olivares aseguró que las primeras cuatro semanas se arrancará con una fase intensiva de verificación, en la cual se concederá el plazo de ley para corregir anomalías. El procedimiento ya lo establece la ley: se cumple con la restricción de no fumar dentro del giro, o bien, si el propietario no optó por declarar su establecimiento libre del humo del tabaco, cuenta con quince días “para que proceda a iniciar la instalación de los mecanismos si va a tener un área para fumadores”, o para hacer cualquier aclaración o inconformidad sobre las observaciones señaladas, explicó el directivo.
Y continuó: si en una segunda visita de verificación, continúa incumpliendo, comienza el procedimiento para dictaminar y se le envía un citatorio para una audiencia “que podría derivar en la sanción”. De tal manera, las primeras sanciones ya impuestas por la SSJ podrán aplicarse hasta marzo, previo agotamiento del procedimiento legal.
Olivares Gálvez apuntó que “en lo sucesivo todos los verificadores, cuando visiten cualquier tipo de giro, estarán incorporando la vigilancia de lo del humo del tabaco”, reconociendo que no se podía disponer de todo el personal, por tiempo indefinido, para la vigilancia exclusiva de la ley. “Tenemos infinidad de asuntos que atender”, acotó.
“Sabemos que estos son universos enormes, y contra lo que más estaríamos luchando, por decirlo de alguna manera, son los hábitos de consumo de la población, no tanto contra los establecimientos. En vía pública hemos visto que venden cigarrillos sueltos”.
Por lo pronto, la dependencia difunde esta disposición a través de comunicados directos y otras estrategias para que sea del conocimiento público y de los involucrados.
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